
LOS OFICIALES DE COMPLEMENTO
Análisis y propuestas de MCF
La figura de los oficiales de complemento tiene una larga trayectoria histórica en nuestras Fuerzas Armadas pudiendo establecerse su origen normativo, durante el reinado de Alfonso XIII, al publicarse la Ley de Bases de 1.918 que da lugar a su creación. Este colectivo ha pasado por numerosas reformas normativas que le han afectado como la citada Ley de Bases de 1918, la Ley de 8 de agosto de 1940, el Reglamento de 1943, la Ley 55/1968, la ley 17/1989 o la ley 17/1999. Con esta última ley, ante la temporalidad que sufrían los oficiales de complemento, se optó por brindar una serie de opciones individualizadas: 1) acceder a la escala de oficiales por promoción interna mediante concurso-oposición (opción que cuenta con unas limitaciones en edad, empleo y titulaciones), 2) acceder a una relación de servicios de carácter permanente mediante concurso-oposición a las plazas que se publiquen anualmente por la Subsecretaría de Defensa (la cual está siendo claramente insuficiente) y 3) resolución del compromiso de larga duración por tener 45 años cumplidos y 18 años de servicio pasando a ser Reservista de Especial Disponibilidad y percibiendo una asignación de unos 1.200 € brutos mensuales hasta los 65 años (habiendo un periodo hasta los 67 años en un limbo administrativo sin cobrarla).
Posteriormente, se aprobó la Ley 39/2007 de la Carrera Militar y el nuevo oficial de complemento tendría otras condiciones distintas (ocho años máximo en las Fuerzas Armadas sin posibilidad de permanencia salvo por promoción interna ni tampoco posibilidad de adquirir la condición de RED). Por tanto, actualmente en las Fuerzas Armadas conviven oficiales de complemento temporales pertenecientes a la Ley 17/1999 (en cantidad más numerosa) y a la Ley 39/2007. Desde la aprobación de la última ley ya han pasado más de diez años y quedan como personal en activo más de 600 militares de complemento de la ley del 99 con Compromiso de Larga Duración, a los que hay que sumar unos 150 que ya han adquirido la condición de RED. Y el futuro previsible es que la mayoría de esos más de 600 oficiales dejen las Fuerzas Armadas contra su voluntad al cumplir 45 años de edad.
Teniendo en cuenta el personal cualificado que suponen los oficiales de complemento, su larga experiencia en puestos de mando, su formación universitaria, su formación militar especializada, la versatilidad y estabilidad que brindan a los distintos puestos, la asunción de las mismas tareas en sus destinos que los de oficiales de carrera y el recurso crítico que suponen los cuadros medios para las Fuerzas Armadas, desde Militares con Futuro entendemos que esta política de abandono de los militares de complemento resulta del todo incomprensible.
Y con más nitidez, si cabe, queda demostrada esta política absurda cuando, por un lado, se dejan marchar a cientos de tenientes y capitanes contra su voluntad por cumplir 45 años y, por otro, se ofertan vacantes a tenientes y capitanes en la reserva con 56 años para ocupar los mismos puestos y realizar las mismas funciones. Es evidente, por tanto, que el problema no es la edad.
Además, el gasto para el Estado de esta política de personal es doble o triple: por un lado, las asignaciones a los reservistas de especial disponibilidad (y la prestación por desempleo los dos primeros años), y por otro, todo el gasto que supondría sustituir a estos oficiales por otros a los que habría que dar nueva formación en academias y escuelas y brindar cursos de perfeccionamiento, así como las correspondientes retribuciones por su salario.
Es indudable, por tanto, que la permanencia del colectivo de militares de complemento en las FAS supondría un coste extra cero para el Estado, frente al sobrecoste estimado de unos 550 millones de euros que supondría la política actual (según unos cálculos realizados en el año 2018 por la disuelta asociación profesional AMCOFAS). Y, además, supondría la retención eficiente de un personal altamente cualificado, con experiencia en el ejercicio de sus funciones tanto en los diferentes destinos como en misiones internaciones frente a la contratación de nuevo personal sin experiencia y cualificación.
Dentro de esta suma de contradicciones hay que añadir lo ocurrido con la modificación de la Ley de la Carrera Militar que se hizo en octubre de 2015 y que introdujo el párrafo cuarto en el punto 7 de la disposición transitoria quinta, que dice: “El Gobierno, analizadas las necesidades específicas de las Fuerzas Armadas, dotará las plazas necesarias para facilitar la permanencia de los militares de complemento”. Han pasado más de cinco valiosísimos años para que los distintos gobiernos hubieran hecho uso de esta modificación de la ley y hubieran detenido esta sangría de personal cualificado. Pero, desde entonces, nada ha cambiado en la política de personal hacia los militares de complemento y se sigue ofreciendo un número de plazas ínfimas para su permanencia.
Desde MCF planteamos un horizonte con una nueva Ley de Carrera Militar en donde todos los oficiales que ingresen tengan estudios superiores previos, es decir, que sea requisito indispensable para optar al ingreso en las academias de oficiales de cualquiera de los cuerpos de la Escala de Oficiales, incluido el Cuerpo General, la posesión de la titulación universitaria correspondiente del sistema educativo general. Y en esta línea, y teniendo en cuenta todas las contradicciones antes descritas, no podemos entender esta política ineficiente en lo que se refiere a recursos humanos y recursos económicos, que deja a la deriva a este colectivo militar con tan alto peso específico.
Por ello, ante esta situación que sufren los oficiales de complemento, en el programa de MCF incluimos una serie de propuestas al respecto:
-Consolidar a todos los oficiales de complemento de la Ley 17/99 que actualmente tienen Compromiso de Larga Duración y que voluntariamente así lo deseen, ampliando su compromiso con carácter permanente e indefinido, mediante una modificación de la disposición transitoria quinta de la Ley de Carrera Militar 39/2007.
-Otorgar a los oficiales de complemento ya consolidados (los actuales permanentes y los nuevos que consoliden) el carácter de Oficial de Carrera a todos los efectos, con los mismos derechos y obligaciones, integrándose en una nueva escala denominada Escala de Oficiales de Complemento, dentro de las Escalas a Extinguir de Oficiales y desapareciendo su condición de adscrito a escalas.
-Ampliar, mientras no sean consolidados los oficiales de complemento por reforma de la Ley 39/2007, el número de plazas anuales del concurso-oposición para optar a la permanencia en un número lo suficientemente alto para que los que así lo deseen tenga una oportunidad real de permanecer en las FAS.
-Eliminar, mientras no sean consolidados los oficiales de complemento por reforma de la Ley 39/2007, el límite de edad, empleo y la restricción de titulaciones universitarias para el concurso-oposición para la promoción interna a la Escala de Oficiales.
-Eliminar la diferenciación a efectos de vacantes entre la escala de complemento y la escala de oficiales, restringiéndose las diferencias únicamente a ejército, empleo, cuerpo, especialidad, cursos, antigüedad y otros méritos.
-Reintegrar a aquellos oficiales que adquirieron la condición de RED, ofreciéndoles la posibilidad de volver voluntariamente como militares de carrera en las mismas condiciones que el resto de oficiales de complemento.
Es cuestión de tener un gran músculo asociativo y fuerza movilizadora para que estas y otras propuestas puedan ser una realidad. De ti y de todos nosotros depende mejorar las FAS.