El Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro tiene por objeto proporcionar a sus socios asistencia jurídica especializada en el ámbito del derecho militar, en relación con aquellas cuestiones derivadas de su condición profesional y de su relación con las Fuerzas Armadas.
El servicio se presta a través de las siguientes modalidades:
En todas las modalidades se realizará un estudio inicial de viabilidad jurídica que permitirá obtener una primera valoración profesional del asunto planteado antes de la eventual formalización de un encargo profesional.
La prestación del servicio se desarrollará conforme a los principios de especialización, profesionalidad, independencia, confidencialidad y responsabilidad, dentro de los límites y condiciones establecidos en el presente documento.
El acceso al servicio no implica la aceptación automática de un asunto ni la obligación de asumir su defensa o tramitación por parte del servicio jurídico de MCF.
La prestación efectiva de
cualquier actuación jurídica quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento y a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
El Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro tiene como finalidad proporcionar a los socios asesoramiento jurídico especializado en derecho militar, orientado a la defensa de sus derechos e intereses profesionales.
El servicio se prestará de forma personalizada, atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso, la naturaleza del asunto planteado y la situación particular del socio.
La asistencia podrá comprender actuaciones de carácter consultivo, administrativo o judicial, dentro del ámbito de actuación y de las condiciones establecidas en el presente documento.
El asesoramiento se desarrollará conforme a los principios de rigor jurídico, independencia, confidencialidad y responsabilidad, en coherencia con los fines y valores de Militares Con Futuro.
La estructura de honorarios del Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro se determinará conforme a la situación del usuario en el momento de la solicitud del servicio y a las condiciones establecidas en el presente documento.
A los efectos del presente documento, se entenderá por hecho causante el acontecimiento que origine directa o indirectamente la necesidad de asesoramiento, asistencia o defensa jurídica. La determinación del hecho causante y de su fecha corresponderá al servicio jurídico de MCF, atendiendo a la documentación aportada y a las circunstancias concretas de cada asunto.
A efectos de su aplicación, se distinguen las siguientes categorías:
Aplicable a usuarios que no ostenten la condición de socio en el momento de la solicitud del servicio.
Aplicable a aquellos asuntos cuyo hecho causante sea anterior a la adquisición de la condición de socio, pudiendo beneficiarse de las condiciones específicas previstas en los cuadros de condiciones.
Aplicable a los socios en situación de alta, conforme a las condiciones establecidas en el presente documento y en los cuadros de condiciones.
Aplicable a los socios que acrediten la antigüedad requerida para acceder a los beneficios del sistema de fidelización previsto en el presente documento.
Las condiciones económicas concretas y el alcance de las actuaciones incluidas dentro de la cobertura del servicio se determinarán en cada caso conforme a los cuadros de condiciones.
La inclusión de una actuación dentro de la cobertura del servicio no generará un derecho automático a su prestación, quedando en todo caso condicionada a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
El Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro se presta como un servicio colectivo organizado y gestionado por la Asociación.
El acceso al servicio no implica el derecho a una atención ilimitada, inmediata, permanente ni personalizada con un letrado concreto, sino a una atención jurídica adecuada y proporcionada en función de la naturaleza, complejidad y urgencia de cada asunto.
La Asociación y el servicio jurídico de MCF podrán establecer criterios de gestión, procedimientos de atención y mecanismos de priorización con el fin de garantizar un funcionamiento equilibrado del servicio y una correcta atención al conjunto de los socios.
Se dará prioridad a aquellos asuntos sujetos a plazos administrativos o procesales que hayan sido comunicados en tiempo y forma y respecto de los cuales exista encargo profesional previamente aceptado.
No se garantizará la atención urgente de asuntos comunicados fuera de plazo, con documentación incompleta o sin la debida formalización del encargo profesional, especialmente cuando las circunstancias del caso dificulten su adecuada valoración o tramitación dentro de los plazos disponibles.
Se considerará uso inadecuado del servicio la realización reiterada de consultas ajenas a actuaciones reales o potenciales, la utilización abusiva de los canales de atención, la ocultación de información relevante o cualquier conducta que dificulte la correcta prestación del servicio.
En tales supuestos, la Asociación o el servicio jurídico de MCF podrán limitar, suspender o condicionar la prestación del servicio, sin que ello genere derecho a reclamación alguna.
La prestación del servicio quedará en todo caso condicionada a su organización interna y a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF
Para aquellas actuaciones no incluidas dentro de la cobertura del servicio, o cuando así resulte procedente, se emitirá un presupuesto previo en el que se especificará el coste de la actuación, su alcance y las condiciones económicas aplicables.
El presupuesto tendrá carácter de precio cerrado, salvo que concurran circunstancias excepcionales debidamente justificadas.
Cuando la complejidad, el volumen documental, el número de actuaciones necesarias o las circunstancias particulares del asunto excedan de forma significativa los parámetros habituales de la actuación de referencia, el servicio jurídico de MCF podrá establecer condiciones económicas específicas o requerir la emisión de un presupuesto individualizado, que será informado previamente al interesado para su aceptación.
La remisión de una consulta, documentación o solicitud de asesoramiento no constituye por sí misma un encargo profesional, ni implica la asunción automática de la defensa o gestión de un asunto.
La actuación efectiva del servicio jurídico de MCF quedará condicionada, en su caso, a la emisión y aceptación del correspondiente presupuesto y, en todo caso, a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
La remisión de documentación o consultas fuera de los canales habilitados por la Asociación no implicará el inicio de actuación alguna ni la asunción de responsabilidad por parte del servicio jurídico.
Toda la documentación, consultas y comunicaciones deberán remitirse a través de los canales oficiales habilitados por la Asociación, con el fin de garantizar la correcta gestión del expediente y la adecuada trazabilidad de las actuaciones.
Las disposiciones contenidas en el presente documento se interpretarán de forma conjunta y complementaria.
En todo caso, la admisión, gestión y continuidad de cualquier asunto requerirá la aceptación expresa del servicio jurídico de MCF.
El sistema de coberturas y honorarios del Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro se aplicará en función de la condición y antigüedad del socio, conforme a lo previsto en el presente documento y en los cuadros de condiciones.
Los cuadros de condiciones tienen carácter informativo y deberán interpretarse conjuntamente con el resto de las disposiciones contenidas en el presente documento.
La aplicación de cada condición se determinará atendiendo a la situación del socio en el momento de la solicitud, al tipo de actuación solicitada y al cumplimiento de los requisitos exigidos.
Militares Con Futuro establece un sistema de fidelización progresivo mediante el cual determinadas actuaciones podrán quedar incluidas dentro de la cobertura del servicio en función de la antigüedad continuada del socio en la Asociación.
La antigüedad se computará desde la fecha de alta como socio y se mantendrá siempre que no exista interrupción en la condición de asociado.
Las referencias a tramos de antigüedad (por ejemplo, «+3 años», «+5 años» o «+9 años») indican el periodo mínimo de permanencia continuada necesario para acceder a las condiciones correspondientes.
La inclusión de una actuación dentro de la cobertura del servicio derivada del sistema de fidelización no generará un derecho automático a su prestación, quedando sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el presente documento y a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
Las actuaciones incluidas en el Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro y sus respectivas condiciones económicas se recogen en los cuadros de condiciones que figuran a continuación.
La aplicación de dichas condiciones se determinará en función de la situación del usuario o socio en el momento de la solicitud del servicio, de su antigüedad en la Asociación y de la naturaleza de la actuación solicitada.
Las actuaciones no incluidas expresamente en los presentes cuadros serán objeto de valoración individual por parte del servicio jurídico de MCF.
Las actuaciones indicadas como «A valorar» requerirán un análisis previo y la emisión del correspondiente presupuesto específico.
La inclusión de una actuación dentro de la cobertura del servicio no implica su prestación automática, quedando en todo caso condicionada al cumplimiento de las condiciones previstas en el presente documento y a la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
Aplicación de tarifas generales de mercado
Aplicación de las condiciones específicas previstas en los cuadros de condiciones
Actuaciones incluidas en la cobertura del servicio o con reducción sobre la tarifa general
Acceso progresivo a actuaciones incluidas en la cobertura del servicio según antigüedad
Precio completo para quien no está asociado. Todos los importes son sin IVA.
| Cualquier Consulta Jurídica verbal | 80€ (+IVA) |
| Estudio de documentación | 150€ (+IVA) |
| Redacción de instancias y solicitudes | 320€ (+IVA) |
| Reclamación de Retribuciones | 320€ (+IVA) |
| Redacción de un Parte | 240€ (+IVA) |
| Renovación de compromiso | 610€ (+IVA) |
| Trámites de Bajas Médicas | 310€ (+IVA) |
| Evaluaciones, clasificaciones y ascensos | 500€ (+IVA) |
| Redacción de escritos por Vacaciones y Permisos | 210€ (+IVA) |
| Solicitudes de Excedencia o Licencia | 210€ (+IVA) |
| Redacción de Iniciativas o Quejas | 345€ (+IVA) |
| Escritos de solicitud de medidas de conciliación familiar | 345€ (+IVA) |
| Alegaciones al IPEC | 355€ (+IVA) |
| Recurso de alzada | A valorar según caso – Desde 400€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta leve | 550€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta grave | 1.000€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta muy grave | 1.300€ (+IVA) |
| Expedientes Insuficiencia de condiciones psicofísicas | 2.310€ (+IVA) |
| Falta Leve | 1.435€ (+IVA) |
| Falta Grave | 1.930€ (+IVA) |
| Falta muy Grave | 2.040€ (+IVA) |
| Abreviado | 2.310€ (+IVA) |
| Ordinario | 3.310€ (+IVA) |
| Defensa penal | A valorar |
Ya eres socio, pero el asunto ocurrió antes de afiliarte. Descuento del 25 % (o gratis en trámites básicos).
| Cualquier Consulta Jurídica verbal | Incluido en la cobertura |
| Estudio de documentación | 25% de descuento sobre honorarios no socio 150€ (+IVA) |
| Redacción de instancias y solicitudes | 25% de descuento sobre honorarios no socio 320€ (+IVA) |
| Reclamación de Retribuciones | 25% de descuento sobre honorarios no socio 320€ (+IVA) |
| Redacción de un Parte | 25% de descuento sobre honorarios no socio 240€ (+IVA) |
| Renovación de compromiso | 25% de descuento sobre honorarios no socio 610€ (+IVA) |
| Trámites de Bajas Médicas | 25% de descuento sobre honorarios no socio 310€ (+IVA) |
| Evaluaciones, clasificaciones y ascensos | 25% de descuento sobre honorarios no socio 500€ (+IVA) |
| Redacción de escritos por Vacaciones y Permisos | 25% de descuento sobre honorarios no socio 210€ (+IVA) |
| Solicitudes de Excedencia o Licencia | 25% de descuento sobre honorarios no socio 210€ (+IVA) |
| Redacción de Iniciativas o Quejas | 25% de descuento sobre honorarios no socio 345€ (+IVA) |
| Escritos de solicitud de medidas de conciliación familiar | 25% de descuento sobre honorarios no socio 345€ (+IVA) |
| Alegaciones al IPEC | 25% de descuento sobre honorarios no socio 355€ (+IVA) |
| Recurso de alzada | 25% de descuento sobre honorarios no socio A valorar según caso – Desde 400€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta leve | 25% de descuento sobre honorarios no socio 550€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta grave | 25% de descuento sobre honorarios no socio 1.000€ (+IVA) |
| Procedimiento sancionador por Falta muy grave | 25% de descuento sobre honorarios no socio 1.300€ (+IVA) |
| Expedientes Insuficiencia de condiciones psicofísicas | 25% de descuento sobre honorarios no socio 2.310€ (+IVA) |
| Falta Leve | 25% de descuento sobre honorarios no socio 1.435€ (+IVA) |
| Falta Grave | 25% de descuento sobre honorarios no socio 1.930€ (+IVA) |
| Falta muy Grave | 25% de descuento sobre honorarios no socio 2.040€ (+IVA) |
| Abreviado | 25% de descuento sobre honorarios no socio 2.310€ (+IVA) |
| Ordinario | 25% de descuento sobre honorarios no socio 3.310€ (+IVA) |
| Defensa penal | 25% de descuento sobre honorarios no socio A valorar |
Para socios en asuntos posteriores a la afiliación. Muchos servicios son gratis; los de mayor entidad, con un 50 % de descuento.
| Cualquier Consulta Jurídica verbal | Incluido en la cobertura |
| Estudio de documentación | Incluido en la cobertura |
| Redacción de instancias y solicitudes | Incluido en la cobertura |
| Reclamación de Retribuciones | Incluido en la cobertura |
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| Renovación de compromiso | Incluido en la cobertura |
| Trámites de Bajas Médicas | Incluido en la cobertura |
| Evaluaciones, clasificaciones y ascensos | Incluido en la cobertura |
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| Procedimiento sancionador por Falta grave | 50% de descuento sobre honorarios no socio 1.000€ (+IVA) |
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Premiamos tu fidelidad.
Para socios con antigüedad. A partir de 3 años como mínimo, cada servicio pasa a ser gratis; abajo se indica la antigüedad concreta de cada uno.
| Cualquier Consulta Jurídica verbal | Incluido en la cobertura |
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| Redacción de escritos por Vacaciones y Permisos | Incluido en la cobertura |
| Solicitudes de Excedencia o Licencia | Incluido en la cobertura |
| Redacción de Iniciativas o Quejas | Incluido en la cobertura |
| Escritos de solicitud de medidas de conciliación familiar | Incluido en la cobertura |
| Alegaciones al IPEC | Incluido en la cobertura |
| Recurso de alzada | Incluido en la cobertura |
| Procedimiento sancionador por Falta leve | Incluido en la cobertura |
| Procedimiento sancionador por Falta grave | +3 años |
| Procedimiento sancionador por Falta muy grave | +5 años |
| Expedientes Insuficiencia de condiciones psicofísicas | +7 años |
| Falta Leve | +9 años |
| Falta Grave | +10 años |
| Faltas muy Grave | +11 años |
| Abreviado | +12 años |
| Ordinario | +12 años |
| Defensa penal | +14 años |
Las condiciones se aplicarán en función de la situación del usuario o socio en el momento de la solicitud del servicio.
Las condiciones asociadas al sistema de fidelización dependerán de la antigüedad continuada acreditada en la Asociación.
Las actuaciones no incluidas expresamente en los presentes cuadros serán objeto de valoración individual por parte del servicio jurídico de MCF.
Cuando proceda, se emitirá el correspondiente presupuesto previo conforme a lo establecido en el presente documento.
Con carácter general, las condiciones previstas para los socios serán aplicables una vez transcurridos quince (15) días naturales desde la fecha de alta en la Asociación.
Durante este periodo, el socio podrá solicitar asesoramiento jurídico y obtener una valoración inicial de su asunto, sin perjuicio de las limitaciones derivadas de la carencia establecida en el presente documento.
Las actuaciones que impliquen la elaboración de escritos, recursos, informes, estudios de documentación o cualquier otra actividad profesional distinta de la valoración inicial podrán quedar sujetas al abono de honorarios, que serán informados previamente al interesado para su aceptación.
Las condiciones económicas especiales, las actuaciones incluidas dentro de la cobertura del servicio y los beneficios asociados a la condición de socio quedarán sujetos al cumplimiento de dicho periodo de carencia.
La carencia será igualmente exigible respecto de aquellos asuntos cuyo hecho causante sea posterior al alta como socio.
Su finalidad es preservar el correcto funcionamiento del servicio y evitar la utilización inmediata de los beneficios asociativos en relación con conflictos o procedimientos ya conocidos por el interesado.
La aplicación del periodo de carencia no limita la facultad del servicio jurídico de MCF para valorar individualmente cualquier asunto ni implica la aceptación automática de actuación alguna.
La prestación efectiva de cualquier servicio continuará requiriendo la aceptación expresa del encargo por parte del servicio jurídico de MCF.
En caso de pérdida de la condición de socio durante la tramitación de un procedimiento o servicio, dejarán de ser aplicables las condiciones económicas vinculadas a dicha condición desde la fecha efectiva de la baja.
A partir de ese momento, podrán aplicarse las condiciones correspondientes a usuarios no asociados respecto de las actuaciones pendientes de realizar.
La continuidad de la prestación del servicio quedará condicionada a la aceptación de las nuevas condiciones económicas por parte del interesado y a la aceptación expresa de su continuidad por parte del servicio jurídico de MCF.
En caso contrario, el servicio jurídico de MCF podrá dar por finalizada su intervención profesional respecto del asunto afectado, sin que ello genere derecho a reclamación alguna respecto de las condiciones previamente disfrutadas por su condición de socio.
La pérdida de la condición de socio no consolidará derechos sobre actuaciones futuras no ejecutadas ni sobre beneficios asociados a la antigüedad o al sistema de fidelización.
En los supuestos de impago de cuotas, suspensión de la condición de socio o pérdida de los requisitos exigidos para el acceso a las coberturas, la Asociación podrá revisar las condiciones aplicables atendiendo a la situación real del interesado.
En todo caso, la aceptación, gestión y continuidad de cualquier asunto requerirá la aceptación expresa del servicio jurídico de MCF.
En todo caso, la admisión, gestión y continuidad de cualquier asunto requerirá la aceptación expresa del servicio jurídico de MCF.
Quedan excluidas de la cobertura del Servicio de Asesoramiento Jurídico Militar de Militares Con Futuro las siguientes actuaciones:
En todo caso, la admisión, gestión y continuidad de cualquier asunto requerirá la aceptación expresa del servicio jurídico de MCF.
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